* La SCJN Prohíbe Suspender Pensiones a Quienes Decidan Trabajar
Por Víctor Campos
En un fallo histórico que pone fin a una disyuntiva injusta para miles de familias, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha dictado una Declaratoria General de Inconstitucionalidad que protege el derecho a la seguridad social y el acceso al trabajo digno sin condiciones.
A partir de la resolución 15/2025, ninguna institución de seguridad social podrá suspender la pensión por viudez a aquellas personas que decidan reincorporarse a la vida laboral activa bajo el mismo régimen.
El Dilema de «Elegir entre Comer o Trabajar»: El caso que originó este cambio estructural fue el de una mujer derechohabiente del ISSSTE. Tras el fallecimiento de su esposo, ella recibía una pensión por viudez; sin embargo, al encontrar un nuevo empleo y comenzar a cotizar nuevamente, el Instituto le suspendió el pago de su pensión.
Bajo la normativa anterior (específicamente el Reglamento para el Otorgamiento de Pensiones bajo el régimen del artículo Décimo Transitorio), se obligaba a las personas —en su mayoría mujeres— a una elección imposible: mantener la estabilidad económica heredada por su pareja o buscar su propio desarrollo profesional.
El Dictamen: Derechos que no se Contraponen: La Suprema Corte determinó que suspender estos pagos es una limitación injustificada y arbitraria. El argumento central de los ministros radica en separar la naturaleza de ambos beneficios:
La Pensión por Viudez: Es un derecho generado por las aportaciones que en vida realizó la persona trabajadora fallecida para proteger a su familia.
El Salario: Es un derecho propio, fruto del esfuerzo actual y de una relación laboral activa de la persona beneficiaria.
Al ser de orígenes distintos, la Corte concluyó que no son excluyentes. Castigar a una viuda retirándole su pensión por el hecho de trabajar vulnera el principio de progresividad de los derechos humanos.
Un Impacto Social de Alcance General: A diferencia de otros juicios que solo protegen a quien demanda, esta Declaratoria General de Inconstitucionalidad significa que el criterio debe aplicarse para todos los casos similares en el país. El mensaje de la SCJN es claro: ejercer un derecho nunca debería implicar renunciar a otro.
«La seguridad social debe interpretarse de manera amplia y protectora. Las disposiciones reglamentarias no pueden reducir el bienestar de las personas ni condicionar su estabilidad económica», señala la resolución.
Esta decisión representa un triunfo para el sentido social de la justicia, garantizando que el esfuerzo de quienes ya no están siga protegiendo a sus seres queridos, mientras estos últimos mantienen la libertad plena de construir su propio camino laboral.
